Registro Electrónico

El Registro Electrónico permite la gestión por Internet de trámites personales que hasta el momento sólo podían ser realizados presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento. Accede desde este espacio a los distintos trámites electrónicos que ofrece el Ayuntamiento.


El artículo 10 de la Ley define la Sede Electrónica como aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias.